Novedades en el ámbito del sistema especial para empleados de hogar
Como consecuencia de la aprobación del Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y
protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social (BOE de 31 de diciembre de 2012), se han introducido una serie de modificaciones en la
configuración jurídica del Sistema Especial para Empleados de Hogar. Por otra parte, la Ley 36/2014, de 26 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 (BOE de 30 de diciembre de 2014), ha variado el tipo de cotización por contingencias comunes y su distribución entre empleador y
empleado.
Afiliación, alta y baja en la Seguridad Social
Desde el 1 de abril de 2013, los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador deberán formular directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con tales empleadores. En todo caso, las solicitudes de alta, baja y variaciones de datos presentadas por los empleados de hogar deberán ir firmadas por sus empleadores.
Puede encontrar toda la información actualizada pulsando en el siguiente enlace: Servicio del hogar familiar
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